Artículo 2.2.3.5.1.4: OBJETIVOS
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.3.5.1.4. Objetivos. La estructuración y puesta en marcha del Sistema de Información del Recurso Hídrico, SIRH, deberá cumplir como mínimo con los siguientes objetivos: a) Proporcionar la información hidrológica para orientar la toma de decisiones en materia de políticas, regulación, gestión, planificación e investigación; b) Consolidar un inventario y caracterización del estado y comportamiento del recurso hídrico en términos de calidad y cantidad; c) Constituir la base de seguimiento de los resultados de las acciones de control de la contaminación y asignación de concesiones, con base en reportes de las autoridades ambientales; d) Contar con información para evaluar la disponibilidad del recurso hídrico; e) Promover estudios hidrológicos, hidrogeológicos en las cuencas hidrográficas, acuíferos y zonas costeras, insulares y marinas; f) Facilitar los procesos de planificación y ordenación del recurso hídrico; g) Constituir la base para el monitoreo y seguimiento a la gestión integral del recurso hídrico; h) Aportar información que permita el análisis y la gestión de los riesgos asociados al recurso hídrico. (Decreto 1323 de 2007, art. 4).
¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?
Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.