Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.4.2.3.1: PLAN DE ORDENACIÓN Y MANEJO INTEGRADO DE LAS UNIDADES AMBIENTALES COSTERAS (POMIUAC)

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.4.2.3.1. Plan de ordenación y manejo integrado de las unidades ambientales costeras (POMIUAC). Es el instrumento de planificación mediante el cual la Comisión Conjunta o la autoridad ambiental competente, según el caso, definen y orienta la ordenación y manejo ambiental de las unidades ambientales costeras. El Pomiuac se constituye en norma de superior jerarquía y determinante ambiental para la elaboración y adopción de los planes de ordenamiento territorial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 388 de 1997 y orienta la planeación de los demás sectores en la zona costera. (Decreto 1120 de 2013, art. 5).

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