Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.6.1.4.1: DE LOS RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS PROVENIENTES DEL CONSUMO DE PRODUCTOS O SUSTANCIAS PELIGROSAS

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.6.1.4.1. De los residuos o desechos peligrosos provenientes del consumo de productos o sustancias peligrosas. Estarán sujetos a un Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo para su retorno a la cadena de producción-importación-distribución-comercialización, los residuos o desechos peligrosos o los productos usados, caducos o retirados del comercio, que se listan en la Tabla 1 del presente artículo. Tabla 1 Lista de residuos o desechos sujetos a Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo | Código | | Plazo máximo para la presentación del Plan de Devolución a partir de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.4.3 | | --- | --- | --- | | Y4 | Plaguicidas en desuso, sus envases o empaques y los embalajes que se hayan contaminado con plaguicidas. | 6 meses | | Y3 | Fármacos o medicamentos vencidos. | 12 meses | | Y31 | Baterías usadas plomo-Ácido. | 18 meses | (Decreto 4741 de 2005, art. 20)

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    Decreto 1076 de 2015 - Artículo 2.2.6.1.4.1 | SSTOS