Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.6.1.4.3: ELEMENTOS QUE DEBEN SER CONSIDERADOS EN LOS PLANES DE GESTIÓN DE DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS POSCONSUMO

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.6.1.4.3. Elementos que deben ser considerados en los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo. Los elementos a ser considerados en los Planes de que trata este artículo se regirán por lo establecido en las Resoluciones 371 y 372 del año 2009 y la Resolución 1675 de 2013 expedidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o las normas que las modifiquen o sustituyan. (Decreto 4741 de 2005, art. 22)

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