Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.8.4.1.15: DE LA ASAMBLEA CORPORATIVA

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.8.4.1.15. De la Asamblea Corporativa. La Asamblea Corporativa integrada por los representantes legales de las entidades territoriales de su jurisdicción, se reunirá ordinariamente una vez al año y dentro de los dos primeros meses, previa convocatoria del consejo directivo. Se reunirá extraordinariamente, según lo previsto en los estatutos. Las normas sobre quórum, mayorías y en general sobre su funcionamiento serán establecidas en los respectivos estatutos. Las decisiones de las asambleas corporativas se denominarán "acuerdos de asamblea corporativa". (Decreto 1768 de 1994, art. 15)

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