Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.8.4.1.6: OBLIGACIONES GENERALES

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.8.4.1.6. Obligaciones generales. Las Corporaciones Autónomas Regionales que cumplen una función administrativa del Estado deberán rendir informe al Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible sobre las actividades desarrolladas y en general sobre todos los aspectos relacionados con la gestión ambiental. Los miembros de los órganos de dirección de las corporaciones actuarán consultando el interés general y la política gubernamental en materia ambiental y atendiendo la planificación ambiental a que se refiere el artículo siguiente. (Decreto 1768 de 1994, art. 6)

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