Artículo 2.2.8.6.4.11: Sin Título
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.8.6.4.11. Audiencias públicas de seguimiento a los Plan de Acción Cuatrienal Una vez aprobado el Plan de Acción Cuatrienal, el Director General de la Corporación Autónoma Regional convocará en el mes de abril de cada año a una audiencia pública en la cual presentará el estado de nivel de cumplimiento del Plan, en términos de productos, desempeño de la corporación, en el corto y mediano plazo y su aporte al cumplimiento del Plan de Gestión Ambiental Regional, PGAR. PARÁGRAFO 1. De igual forma, se celebrará una audiencia pública en el mes de diciembre del año en que culmine el período del Director General de Corporación Autónoma Regional con el fin de presentar los resultados de la gestión adelantada. PARÁGRAFO 2. Para la convocatoria y realización de la audiencia pública de seguimiento, se dará cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 2.2.8.6.4.3. y siguientes del presente Decreto. PARÁGRAFO 3. Las opiniones, comentarios, propuestas y documentos aportados por la comunidad y demás intervinientes en la audiencia pública, serán objeto de análisis y evaluación por parte del Director General y del Consejo Directivo para efectuar los ajustes a que haya lugar. (Decreto 330 de 2005, art. 26)
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