Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.9.6.1.10: CÁLCULO DEL FACTOR REGIONAL (FR)

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.9.6.1.10. Cálculo del Factor Regional (FR). El Factor Regional será calculado anualmente por la autoridad ambiental competente para cada cuenca hidrográfica, acuífero o unidad hidrológica de análisis, y corresponderá a un factor adimensional de acuerdo con la siguiente expresión: FR= [1+(CK+CE) CS] CU El valor máximo del Factor Regional para aguas superficiales será de siete (7) y para aguas subterráneas de doce (12). Los componentes del Factor Regional son: CK Coeficiente de Inversión: Fracción de los costos totales del plan de ordenación y manejo de la cuenca no cubiertos por la tarifa mínima, de acuerdo con la siguiente fórmula. CK = CPMC-CTM; 0 - C K -1 CPMC CK: Coeficiente de Inversión de la cuenca hidrográfica. CPMC: Costos totales anuales del plan de ordenación y manejo de la cuenca del año inmediatamente anterior. CTM: Facturación anual estimada de la Tasa por Utilización de Aguas, aplicando la Tarifa Mínima a los usuarios de la cuenca. En ausencia del plan de ordenación y manejo de la cuenca, el valor del coeficiente de inversión será igual a 0. CE: Coeficiente de Escasez. Este coeficiente varía de acuerdo con la escasez del recurso hídrico considerando si la captación se realiza sobre agua superficial o subterránea según las siguientes fórmulas: Coeficiente de Escasez para aguas superficiales. CE: Coeficiente de Escasez para aguas superficiales. lES: Corresponde al índice de Escasez para aguas superficiales estimado para la cuenca, tramo o unidad hidrológica de análisis. Coeficiente de Escasez para aguas subterráneas. CE: Coeficiente de Escasez para aguas subterráneas. lEG: Corresponde al Índice de Escasez para aguas subterráneas estimado para el acuífero o unidad hidrológica de análisis. Cs: Coeficiente de Condiciones Socioeconómicas. Este coeficiente varía según las condiciones socioeconómicas de los usuarios del agua, de acuerdo a la siguiente fórmula: CS= 100-NBI 100 CS: Coeficiente de Condiciones Socioeconómicas. NBI: índice de Necesidades Básicas Insatisfechas, determinado por el Departamento Nacional de Planeación. El Coeficiente de Condiciones Socioeconómicas (CS) tiene un rango de variación entre cero y uno (0 < CS - 1). Para abastecimiento doméstico, el índice de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) corresponde con el determinado por el Departamento Nacional de Planeación para el municipio en donde se ubique el usuario que utiliza el agua. Para los demás usos, el índice de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) depende de los fines de uso del agua, y corresponde con el NBI promedio de los departamentos cuya participación porcentual por grandes ramas de actividad económica dentro del Producto Interno Bruto departamental, a precios corrientes, cumpla la siguiente condición: PIBi,j - - PIBi,j PIBj - PIBj PIBi,j: Producto Interno Bruto de la rama de actividad económica i del departamento j, a precios corrientes, determinado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística. PIBj : Producto Interno Bruto del departamento j, a precios corrientes, determinado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística. PIBi,j PIBj : Participación porcentual por grandes ramas de actividad económica dentro del Producto Interno Bruto departamental, a precios corrientes. - PIBi,j - PIBj : Participación porcentual por grandes ramas de actividad económica dentro del Producto Interno Bruto nacional, a precios corrientes. La rama de actividad económica para el cálculo se asigna con base en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las Actividades Económicas Revisión Cuatro (CIIU 4) o equivalente, dependiendo de los fines de uso del agua, de la siguiente manera: | Fin de uso del agua | Grandes ramas de actividad económica CIIU 4 | | --- | --- | | Riego y silvicultura | Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca | | Abastecimiento de abrevaderos cuando se requiera derivación | Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca | | Uso industrial | Industrias manufactureras | | Generación térmica o nuclear de electricidad | Suministro de electricidad gas, vapor y aire acondicionado | | Explotación minera y tratamiento de minerales | Explotación de minas y canteras | | Explotación petrolera | Explotación de minas y canteras | | Inyección para generación geotérmica | Suministro de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado | | Generación hidroeléctrica | Suministro de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado | | Generación cinética directa | Suministro de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado | | Flotación de maderas | Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca | | Transporte de minerales y sustancias tóxicas | Transporte y almacenamiento | | Acuicultura y pesca | Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca | | Recreación y deportes | Actividades artísticas, de entretenimiento y recreación | | Usos medicinales | Industrias manufactureras | Con base en las categorías anteriores, el Mini...

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