Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.9.7.2.3: SUJETO ACTIVO
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.9.7.2.3. Sujeto Activo. Son competentes para cobrar y recaudar la tasa retributiva por vertimientos puntuales al recurso hídrico, las autoridades ambientales señaladas en el artículo 2.2.9.7.2.2 del presente capítulo. (Decreto 2667 de 2012, art. 5)
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