Decreto 768

Artículo 5.2: Clasificación de empresa. Cuando una actividad económica no se encuentre en la

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si tu negocio no aparece en la tabla de clasificación de riesgos, tú y tu ARL deben buscar la actividad más parecida que sí esté en la lista, mirando los peligros reales de tu trabajo (como las máquinas, materiales o procesos que usas). En la práctica, llama a tu ARL y diles exactamente qué haces y con qué, para que juntos asignen el riesgo correcto y te protejan bien.

⚖️ Texto Legal Oficial


tabla contenida en el anexo del presente Decreto, la empresa y la Administradora de Riesgos Laborales – ARL efectuarán la clasificación de acuerdo con la actividad más afín contemplada en la tabla, para lo cual deberán tener en cuenta el peligro y riesgo laboral, las materias primas, los materiales o insumos que se utilicen, los medios de producción, procesos, almacenamiento y transporte.

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    Decreto 768 - Artículo 5.2 | SSTOS