Ley 1562

Artículo 8: Reporte de información de actividades y resultados de promoción y

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

**¿Qué debes hacer?** Si eres parte de una empresa que está afiliada a una Entidad Administradora de Riesgos Laborales, asegúrate de que esta entidad presente un informe al Ministerio de Trabajo cada seis meses. Este informe debe incluir las actividades que se han hecho para prevenir accidentes y enfermedades laborales, así como los resultados de esas actividades. Si notas que la entidad no está cumpliendo con esto, infórmalo a la Dirección Territorial del Ministerio de Trabajo. **¿Por qué es clave?** Es importante porque este informe ayuda a controlar los riesgos en el trabajo y a reducir accidentes y enfermedades. Además, si la entidad no cumple con sus obligaciones, puede enfrentar multas. Esto no solo protege a los trabajadores, sino que también mejora el ambiente laboral y puede ayudar a que la empresa no tenga que pagar más en cotizaciones.

⚖️ Texto Legal Oficial


prevención. La Entidad Administradora de Riesgos Laborales deberá presentar al Ministerio de Trabajo un reporte de actividades que se desarrollen en sus empresas afiliadas durante el año y de los resultados logrados en términos del control de los riesgos más prevalentes en promoción y de las reducciones logradas en las tasas de accidentes y enfermedades laborales como resultado de sus medidas de prevención. Dichos resultados serán el referente esencial para efectos de la variación del monto de la cotización, el seguimiento y cumplimiento se realizará conforme a las directrices establecidas por parte del Ministerio de Trabajo. Este reporte deberá ser presentado semestralmente a las Direcciones Territoriales del Ministerio de Trabajo para seguimiento y verificación del cumplimiento. El incumplimiento de los programas de promoción de la salud y prevención de accidentes y enfermedades, definidas en la tabla establecida por el Ministerio de la Salud y Protección Social y el Ministerio de Trabajo, acarreará multa de hasta quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes a la fecha en que se imponga la misma. Las multas serán graduales de acuerdo a la gravedad de la infracción y siguiendo siempre el debido proceso, las cuales irán al Fondo de Riesgos Laborales, conforme a lo establecido en el sistema de garantía de calidad en riesgos laborales. Parágrafo 1°. En caso de incumplimiento de Administradoras de Riesgos Laborales de los servicios de promoción y prevención establecidos en la normatividad vigente, el empleador o contratante informará a la Dirección Territorial del Ministerio del Trabajo para la verificación y decisión correspondiente, cuya segunda instancia será la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo. [Conceptos de búsqueda: reporte de actividades, promoción y prevención, riesgos laborales, accidentes laborales, enfermedades laborales, cotización, Ministerio de Trabajo, multas, sanciones, cumplimiento, administradoras de riesgos, promoción de la salud, prevención de accidentes, incumplimiento, seguimiento y verificación, ¿cómo se reportan las actividades de prevención en el trabajo?]

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    Ley 1562 - Artículo 8 | SSTOS