Ley 361 de 1997
Artículo 60: Los automóviles así como cualquier otra clase de vehículos conducidos por una persona con limitación, siempre que lleven el distintivo respectivo, tendrán derechos a estacionar en lugares específicame
⚖️ Texto Legal Oficial
Los automóviles así como cualquier otra clase de vehículos conducidos por una persona con limitación, siempre que lleven el distintivo respectivo, tendrán derechos a estacionar en lugares específicamente demarcados con el símbolo internacional de accesibilidad.
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