Artículo 15: Vigilancia fiscal y reporte de información de las entidades
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si tu empresa maneja plata del Presupuesto General de la Nación, debes reportar cómo gastas esa plata en el sistema CHIP o SIIF, según te toque. En la práctica, pídele a tu contador que verifique si tu entidad debe reportar y que lo haga en esos sistemas para evitar multas.
⚖️ Texto Legal Oficial
del Presupuesto General de la Nación. La Contraloría General de la República tomará la información presupuestal directamente del Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación y lo ejecutan a través de dicho Sistema. Las entidades a las que se refiere el inciso segundo del numeral 1 y los incisos 2º y 3º del numeral 2 del artículo 11 de esta resolución deberán reportar la programación y ejecución presupuestal a través del Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP), por cada fiducia, encargo fiduciario, convenio u otros. Los municipios, departamentos, Resguardos y Asociación de Resguardos que administran la Asignación Especial del Sistema General de Participaciones para Resguardos Indígenas, deberán enviar la información de la programación y ejecución del presupuesto señalada en el artículo 9º de esta resolución, a través del Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP).
¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?
Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.