Resolucion 0799 de 2025

Artículo 14: DE LA MIGRACIÓN DE PRODUCTORES ENTRE SISTEMAS DE

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

**¿Qué debes hacer?** Si quieres cambiar de sistema de recolección y gestión de BUPA, debes avisar a la ANLA antes del 30 de noviembre del año en que decides hacerlo. Recuerda que seguirás cumpliendo con tus obligaciones del sistema anterior hasta el final del año. **¿Por qué es clave?** Cumplir con esta norma te ayuda a evitar problemas legales y multas. Además, asegura que tu transición a un nuevo sistema sea ordenada y sin complicaciones.

⚖️ Texto Legal Oficial


RECOLECCIÓN Y GESTIÓN DE BUPA. El productor que tenga la intención de migrar a otro sistema de recolección y gestión de BUPA deberá informar tal circunstancia a la ANLA, a más tardar el 30 de noviembre del año en el cual el productor interesado ha tomado la decisión de migrar de sistema. En cualquier caso, las obligaciones adquiridas por el productor dentro del Sistema de Recolección y Gestión de BUPA al cual se encuentra vinculado, se mantendrán vigentes hasta el cumplimiento de la anualidad comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Toda migración a un nuevo sistema será efectiva solamente a partir del año siguiente al que se ha informado a la ANLA. El sistema que vincula y recibe a un productor que este migrando de sistema no asumirá ninguna de las obligaciones pendientes de aquel con su antiguo sistema. Para este fin, se deberá tener en cuenta: 1. En caso de que un productor migre de un sistema colectivo a otro sistema colectivo, ambossistemas deberán informar a la ANLA sobre la decisión de retiro en uno, como la aceptación de ingreso del productor en el otro sistema. 2. En caso de que un productor migre de un sistema colectivo para constituirse como sistemaindividual, el sistema al cual se encuentra vinculado deberá informar a la ANLA tal decisión. Así mismo, el productor deberá presentar ante la ANLA el sistema individual, de acuerdo con lo establecido en la presente resolución. 3. En caso de que un productor se encuentre constituido como un sistema individual y decida migrara un sistema colectivo, este último deberá informar a la ANLA tal decisión; así mismo, el productor deberá presentar ante la ANLA la información del estado en que se encuentran sus obligaciones dentro de la anualidad vigente.

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