Artículo 76: CUMPLIMIENTO DE ESTÁNDARES
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
**¿Qué debes hacer?** La empresa debe medir directamente la cantidad de contaminantes que sale de sus chimeneas o puntos de descarga. Si no tiene un lugar para medir, debe usar otros métodos para calcular la contaminación. Además, debe informar a la autoridad ambiental sobre cuánto tiempo dura el arranque y la parada de sus equipos. **¿Por qué es clave?** Cumplir con estas normas ayuda a reducir la contaminación del aire, lo que protege la salud de las personas y el medio ambiente. También evita multas y sanciones por parte de las autoridades ambientales.
⚖️ Texto Legal Oficial
El cumplimiento de los estándares de emisión admisibles de contaminantes se debe determinar mediante medición directa en cada fuente individual, para lo cual la fuente fija debe contar con un punto de descarga, de acuerdo a lo establecido en el CAPÍTULO XVII de la presente resolución. De no contar con punto de medición directa, la verificación del cumplimiento se realizará teniendo en cuenta los resultados obtenidos por medio de balance de masas o factores de emisión. Parágrafo Primero: Los estándares de emisión admisibles de contaminantes al aire que se establecen en la presente resolución no serán aplicables durante los periodos de arranque y parada de las instalaciones o equipos utilizados en la actividad. Parágrafo Segundo: Los responsables de las actividades industriales, los equipos de combustión externa, las actividades de incineración de residuos y los hornos crematorios deben informar a la autoridad ambiental competente la duración de los periodos de arranque y parada de las instalaciones o equipos de los procesos.
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