Resolucion 1843

Artículo 21: Medidas antidiscriminatorias en materia laboral. La

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Está prohibido pedir pruebas de embarazo, VIH o sífilis para contratar o mantener a alguien en el trabajo. En la práctica, nunca exijas ni solicites estos exámenes a tus empleados o candidatos, porque es ilegal y discriminatorio.

⚖️ Texto Legal Oficial


exigencia de la práctica de pruebas de embarazo (BHCG), virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y Serología (VDRL) queda prohibida como requisito para el acceso o permanencia en cualquier actividad laboral.

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    Resolucion 1843 - Artículo 21 | SSTOS