Artículo 28: Evaluaciones médicas específicas según factores de
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
**En plastilina:** Si tu trabajador está expuesto a químicos, polvo o ruido, debes mandarlo a exámenes médicos especiales que revisen si esos riesgos le están dañando la salud. **Qué hacer:** Pídele a tu ARL o médico ocupacional que le hagan los exámenes según el riesgo específico (ej: de pulmón si hay polvo, de oído si hay ruido) y guarda los resultados.
⚖️ Texto Legal Oficial
riesgo. El empleador está obligado a realizar evaluaciones médicas ocupacionales específicas de acuerdo con los factores de riesgo a que esté expuesto un trabajador y según las condiciones individuales que presente, utilizando como mínimo, los parámetros establecidos e índices biológicos de exposición (BEI), recomendados por la Conferencia Americana de Higienistas Industriales Gubernamentales - ACGIH por sus siglas en inglés. En los casos de exposición a agentes cancerígenos, se deben tener en cuenta los criterios de la Agencia Internacional para la investigación sobre el cáncer IARC por sus siglas en inglés. Cuando se trate de exposición a agentes causantes de neumoconiosis, se deberán atender los criterios de la Organización Internacional del Trabajo OIT. Para el seguimiento de los casos de enfermedades causadas por agentes biológicos, se deben tener en cuenta los criterios de los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades - CDC por sus siglas en inglés. Parágrafo. Cuando los factores o agentes de riesgo no cuenten con los criterios o parámetros para su evaluación, ni con índices biológicos de exposición, conforme a las disposiciones de referencia fijadas en el presente artículo, el empleador deberá establecer un protocolo de evaluación que incluya los siguientes elementos: 1. Identificación del agente o factor de riesgo al que está, estará o estuvo expuesto el trabajador, incluido el número de identificación Chemical Abstracts Service (CAS) en el caso de agentes químicos, o el asignado por la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer - IARC por sus siglas en inglés, para sustancias teratógenas o mutagénicas, o el asignado por los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC), según el caso. 2. Órganos blanco del factor o agente de riesgo. 3. Criterios de vigilancia establecidos para el monitoreo de efectos en la salud. 4. Frecuencia de la evaluación médica y valoraciones complementarias requeridas. 5. Antecedentes que se deben tomar en cuenta, por considerarse relevantes para la exposición. 6. Contenido específico de la historia clínica y elementos particulares del examen físico relacionados con la exposición. 7. Situaciones especiales que requieran condiciones específicas tales como embarazo, condiciones de susceptibilidad individual 0 de inmunosupresión. 8. Otros elementos técnicos necesarios para la adecuada evaluación y seguimiento del estado de salud del trabajador expuesto. CAPÍTULO V HISTORIA CLÍNICA OCUPACIONAL
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