Resolucion 1857

Artículo 14: Obligaciones de las Administradoras de Riesgos

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

La ARL está obligada a ayudarte a prevenir accidentes con calderas, dándote asesoría y vigilando que cumplas las normas. En la práctica, pídeles que te capaciten y te ayuden a elegir los equipos de protección, porque es su deber y salva vidas.

⚖️ Texto Legal Oficial


Laborales (ARL). Las Administradoras de Riesgos Laborales, que tengan afiliadas empresas y población trabajadora en las que exista el riesgo por la instalación, operación y mantenimiento de cualquier tipo de caldera, o sus equipos auxiliares y tuberías sujetas a presión asociadas a calderas; dentro de las obligaciones que le confiere los artículos 56, 59 y 80 del Decreto Ley 1295 de 1994 o normas aplicables, deberán: 1. Realizar actividades de prevención, asesoría y evaluación de peligros y riesgos de acuerdo con la presente Resolución. 2. Ejercer la vigilancia delegada y control en la prevención de los riesgos conforme a lo establecido en la presente Resolución. 3. Asesorar a los empleadores, en la selección de los elementos requeridos para la protección personal que se usen en el trabajo con calderas y equipos conexos. Parágrafo. Las Administradoras de Riesgos Laborales, deberán establecer mecanismos, programas y acciones para la asesoría en gestión para el control efectivo de los riesgos inherentes a lo aquí regulado. CAPÍTULO II DISPOSICIONES FINALES

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