Resolucion 2346

Artículo 11: Contratación y costo de las evaluaciones médicas ocupacionales y de las

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Usted debe pagar **siempre** todos los exámenes médicos del trabajo (ingreso, periódicos, retiro) sin cobrarle un peso al empleado o aspirante. Contrate estos servicios solo con médicos especialistas en salud ocupacional con licencia vigente.

⚖️ Texto Legal Oficial


valoraciones complementarias. Modificado por el art. 1, Resolución del Min. Protección 1918 de 2009. El costo de las evaluaciones médicas ocupacionales y de las pruebas o valoraciones complementarias que se requieran, estará a cargo del empleador en su totalidad. En ningún caso, pueden ser cobrados ni solicitados al aspirante o al trabajador. El empleador las podrá contratar con Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Ocupacional o con Entidades Promotoras de Salud, las cuales deben contar con médicos especialistas en medicina del trabajo o salud ocupacional, con licencia vigente en salud ocupacional. El empleador también puede contratar la realización de dichas valoraciones directamente con médicos especialistas en medicina del trabajo o salud ocupacional, con licencia vigente en salud ocupacional.

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