Resolucion 2400
Artículo 104: Los trabajadores cuya exposición se haya ve nido
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si trabajas con radiación, no puedes recibir más de 0.3 Rems por semana. Si ya pasaste ese límite, no debes exponerte a más de 5 Rems al año hasta que tu acumulado baje.
⚖️ Texto Legal Oficial
ajustando a la dosis máxima admisible de 0,3 Rems semanales que ha fijado la C.T.P.R. (Comisión Internacional de Protección Radiológica), y que de esta manera hayan acumulado una dosis superior a la permitida por la fórmula, no deberán quedar expuestos a dosis superiores a 5 Rems anuales hasta que la dosis acumulada en un momento dado resulte inferior a la permitida por la fórmula.
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