Resolucion 2400

Artículo 188: Para aquellos trabajos que se realicen a ciertas alturas en

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si trabajas a más de 1.50 metros de altura y no hay barandas, debes usar un arnés de seguridad completo (no solo un cinturón) y amarrarlo con una cuerda resistente a una estructura firme. Revisa que el arnés y la cuerda aguanten más de 1.150 kilos; esto evita que te caigas y te mates.

⚖️ Texto Legal Oficial


los cuales el riesgo de caída libre no pueda ser efectivamente controlado por medios estructurales tales como barandas o guardas, los trabajadores usarán cinturones de seguridad o arneses de seguridad, con sus correspondientes cuerdas o cables de suspensión. Las cuerdas o cables de suspensión, estarán firmemente atados al cinturón o arnés de seguridad y también a la estructura del edificio, torre, poste u otra edificación donde se realice el trabajo. Los cinturones o arneses de seguridad y sus cuerdas o cables de suspensión tendrán una resistencia de rotura no menor de 1.150 kilogramos y el ancho de los cinturones no será menor de 12 centímetros, con un espesor de 6 mm (1/4 pulgada), de cuero fuerte curtido al cromo, de lino o algodón tejido u otro material apropiado.

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