Resolucion 2400
Artículo 214: Quedará terminantemente prohibido mantener o
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Prohibido guardar gasolina, alcohol o cualquier líquido que prenda fuego fácil en lugares como tiendas, colegios o clínicas. En la práctica, guarda esos líquidos en un cuarto separado y ventilado, lejos de la gente.
⚖️ Texto Legal Oficial
almacenar líquidos inflamables dentro de locales destinados a reunir gran número de personas, como cines, teatros, escuelas, clubes, hospitales, clínicas, hoteles, pensiones, liceos, universidades y similares.
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