Resolucion 2400

Artículo 244: Los locales destinados a polvorines deberán reunir las

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Guarda los explosivos lejos de casas, carreteras y vías, en un cuarto sólido, a prueba de balas y fuego, siempre limpio y seco. Además, usa luces especiales que no generen chispas y ponle un pararrayos que no toque la estructura.

⚖️ Texto Legal Oficial


siguientes condiciones: a). Estar situados a una distancia suficiente de todo edificio o zona habitada, carreteras y vías férreas, teniendo en cuenta la cantidad de explosivos y detonantes que se van a almacenar, de acuerdo con las normas que determine la Industria Militar (Ministerio de Defensa Nacional). b). Estar construidos sólidamente y a prueba de balas y fuego. c). Deberán mantenerse los pisos, techos y el área a su alrededor limpios, secos, bien ventilados y frescos. No se permitirá la acumulación de basura ni la presencia de malezas en radio mínimo de 20 metros del polvorín. d). La iluminación artificial del área alrededor y dentro de los polvorines, deberá hacerse por medio de proyectores a distancia o con linternas o equipo de alumbrado eléctrico de tipo antideflagrante. e). Todo polvorín deberá estar protegido con un sistema de pararrayos que cubra su área total, sin que ninguna de las partes del sistema tenga contacto con la estructura del polvorín.

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Resolucion 2400 - Artículo 244 | SSTOS