Resolucion 2400

Artículo 3: o. Son obligaciones de los trabajadores:

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Tus obligaciones son simples: usa siempre los equipos de protección que te den, mantén tu área limpia y ordenada, y reporta de inmediato cualquier falla o riesgo que veas. No operes máquinas sin autorización ni llegues bajo efectos de alcohol o drogas, porque esto pone en peligro tu vida y la de tus compañeros.

⚖️ Texto Legal Oficial


a). Dar cumplimiento a las obligaciones que les correspondan en materia de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, de acuerdo con las normas legales y la reglamentación que establezca el patrono en concordancia con el literal a) del Artículo anterior. b). Utilizar y mantener adecuadamente las instalaciones de la Empresa, los elementos de trabajo, los dispositivos para control de riesgos y los equipos de protección personal que el patrono suministre, y conservar el orden y aseo en los lugares de trabajo. c). Abstenerse de operar sin la debida autorización vehículos, maquinarias o equipos distinto a los que les han sido asignados. d). Dar aviso inmediato a sus superiores sobre la existencia de condiciones defectuosos, o fallas en las instalaciones, maquinarias, procesos y operaciones de trabajo, y sistemas de control de riesgos. e). Acatar las indicaciones de los servicios de Medicina Preventiva y Seguridad Industrial de la Empresa, y en caso necesario utilizar prontamente los servicios de primeros auxilios. f). No introducir bebidos u otras substancias no autorizadas en los lugares o centros de trabajo ni presentarse en los mismos bajo los efectos de sustancias embriagantes, estupefacientes o alucinógenas; y comportarse en forma responsable y seria en la ejecución de sus labores. TÍTULO II DE LOS INMUEBLES DESTINADOS A ESTABLECIMIENTOS DE TRABAJO CAPÍTULO I EDIFICIOS Y LOCALES

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    Resolucion 2400 - Artículo 3 | SSTOS