Resolucion 2400
Artículo 415: Las personas que sufran de la vista o del oído, que sean
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si tienes problemas de visión, audición, corazón, epilepsia o cualquier condición que afecte tu estado físico o mental, no puedes operar grúas o malacates. En la práctica, debes informar a tu jefe si tienes alguna de estas condiciones y el empleador debe reubicarte en otra labor segura.
⚖️ Texto Legal Oficial
cardiacas, epilépticas, o que sufran de trastornos, etc., no podrán operar una grúa fija, grúa viajera o malacate; tampoco podrá operarla quien se encuentre temporalmente física o mentalmente incapacitado.
¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?
Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.