Resolucion 2400

Artículo 464: Se permitirá la instalación de generadores de vapor en

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Puedes poner calderas pequeñas en sótanos o pisos, pero solo si son de baja presión y poca agua (como máximo 50 litros). Lo clave es que siempre debes encerrarlas con una malla metálica de 2 metros de alto, dejando 1 metro de espacio libre alrededor para evitar accidentes.

⚖️ Texto Legal Oficial


sótanos y plantas de edificios siempre y cuando: a). La presión de trabajo no sea superior a 2 kilogramos por centímetro cuadrado y el volumen de agua no sea mayor de 50 litros; b). La presión de trabajo no sea superior a 1/2 Kg/cm2 y el generador de vapor se utilice únicamente como calentador de agua; c). Los generadores de vapor sean eléctricos con una presión de operación no mayor de 5 Kg/cms2 y un volumen de agua que no exceda de 50 litros. PARÁGRAFO. Estos generadores de vapor deberán cercarse con mallas metálicas de dos metros de alto, dejando a su alrededor un espacio libre mínimo de un metro.

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