Resolucion 2400

Artículo 693: Los menores de 18 años no podrán trabajar durante la

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Un menor de 18 años no puede trabajar de noche, a menos que sea en una casa de familia o en una empresa no industrial, y solo si el trabajo no es peligroso para su salud o su moral. En la práctica, si tienes un empleado menor de edad, asígnale turnos solo de día y evita cualquier tarea riesgosa para cumplir la ley y proteger su vida.

⚖️ Texto Legal Oficial


noche, excepto en las Empresas no industriales y en el servicio doméstico y siempre que el trabajo no sea peligroso para su salud y moralidad.

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    Resolucion 2400 - Artículo 693 | SSTOS