Artículo 695: No obstante, los trabajadores menores de 18 años y
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Los menores de 18 años (pero mayores de 16) solo pueden hacer trabajos peligrosos si es para aprender un oficio, y siempre que el empleador tenga reglas estrictas para evitar accidentes. En la práctica, si tienes un joven de 16 o 17 años, no lo expongas a riesgos graves sin capacitación y sin medidas de seguridad claras, porque la prioridad es proteger su vida.
⚖️ Texto Legal Oficial
mayores de 16 años de edad de ambos sexos, podrán ser empleados en cualquiera de las operaciones, ocupaciones o procedimientos señalados en el artículo anterior, para el aprendizaje y formación profesional, a condición de que se dicten los reglamentos y disposiciones tendientes a prevenir los riesgos y a proteger la salud de los trabajadores.
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