Resolucion 2400

Artículo 697: Los menores trabajadores y las mujeres que en la fecha

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si tienes un trabajador menor de edad o una mujer embarazada que no puede hacer su labor por riesgo a su salud, debes cambiarlo a otro puesto sin bajarle el sueldo ni perjudicarlo. Esto es clave para proteger su vida y evitar multas, así que actúa rápido y reubícalo.

⚖️ Texto Legal Oficial


de expedición de ésta resolución se encuentren comprendidos dentro de algunas de las prohibiciones señaladas en el artículo anterior, deberán ser trasladadas dentro de la misma empresa a otro puesto de trabajo sin que ello represente perjuicio económico ni de ninguna otra naturaleza para tales trabajadores.

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