Resolucion 3461

Artículo 9: Reuniones ordinarias: El Comité de Convivencia Laboral, se

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

El Comité de Convivencia debe reunirse una vez al mes para revisar casos y hacer seguimiento a los acuerdos. Como microempresario, asegúrate de programar esa reunión mensual con al menos la mitad de los miembros presentes.

⚖️ Texto Legal Oficial


reunirá ordinariamente de forma mensual para el desarrollo de actividades administrativas como la elaboración de informes, seguimiento a los compromisos establecidos por las partes involucradas en los casos y formulación de recomendaciones al área de talento humano y seguridad y salud en el trabajo. Las reuniones sesionarán con la mitad más uno de sus integrantes.

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    Resolucion 3461 - Artículo 9 | SSTOS