Resolucion 908

Artículo 25: Visita de verificación. Dentro de los veinte (20) días hábiles

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

**¿Qué hacer?** Asegúrate de que la dirección de tu empresa que registraste en el sistema sea exacta y esté al día, porque la Secretaría de Salud irá a verificarla en menos de 20 días hábiles. Si no puedes recibirlos por una emergencia grave, avísales de inmediato para reagendar, pero no faltes porque es obligatorio para que te aprueben los requisitos de seguridad.

⚖️ Texto Legal Oficial


siguientes a la solicitud registrada en el aplicativo web, la secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, realizará la visita de verificación en la(s) dirección(es) consignada(s) en el certificado de existencia y representación legal, las que deberán coincidir con la información registrada, para cada sede, en el aplicativo web, con el fin de constatar el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 21 de la presente resolución. La fecha y hora asignada para ello, deberá ser y comunicada al solicitante con mínimo tres (3) días hábiles de anticipación. La secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, consignará los hallazgos en el Formato Solicitud Autoevaluación de Requisitos que arroja el aplicativo web, lo que conformará el acta de visita. De este documento, que será suscrito por los intervinientes, se dejará copia al solicitante y la secretaria de salud lo cargará en formato PDF en el aplicativo web. Parágrafo. Excepcionalmente, de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Código Civil, que impida la realización de la visita de verificación, ya sea por parte de la secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, o por el solicitante, esta entidad fijará una nueva fecha para la realización de la visita, la que deberá atenderse dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la fecha inicialmente programada y será comunicada al solicitante con mínimo tres (3) días hábiles de anticipación.

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