Artículo 1.1.2.12: Adicionado por el art. 1, Decreto Nacional 2177 de 2017. <El texto adicionado
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Este artículo crea un grupo de trabajo (el Consejo) para que las empresas ayuden a que las personas con discapacidad puedan conseguir empleo y formarse. En la práctica, si eres microempresario, debes estar atento a las invitaciones de este Consejo para colaborar con ofertas de trabajo o capacitación inclusivas.
⚖️ Texto Legal Oficial
es el siguiente> Consejo para la Inclusión de la Discapacidad. Intégrese el Consejo para la Inclusión de la Discapacidad articulado al Sistema Nacional de Discapacidad, cuyo objeto será coordinar las acciones que el sector privado adelante para coadyuvar al ejercicio de los derechos y la inclusión social, laboral y productiva de las personas con discapacidad, orientadas al desarrollo de las capacidades a través de la formación para el trabajo, la producción y el empleo de las personas con discapacidad, sus familias y cuidadores. El Consejo para la Inclusión de la Discapacidad desarrollará su objeto como un componente de la Política Pública de Discapacidad y se articulará para el efecto al Consejo Nacional de Discapacidad. TÍTULO 3 FONDOS ESPECIALES
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