Artículo 2.1.2.3.6: Seguimiento de la Política Pública de Trabajo Digno y Decente. El
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Esta norma es para el Gobierno, no para usted. Solo asegúrese de que su empresa cumpla con las leyes laborales básicas (pago de seguridad social, contrato escrito y condiciones seguras) para contribuir a que Colombia tenga "trabajo digno".
⚖️ Texto Legal Oficial
seguimiento de la Política Pública de Trabajo Digno y Decente se efectuará a través de la matriz del plan de acción, herramienta que reúne todos los indicadores de producto y resultado concertados para esta política, siendo estos el núcleo estratégico que evidencia los rasgos observables de la implementación y que serán medidos y verificados mediante los instrumentos definidos en las fichas técnicas aprobadas por la Oficina Asesora de Planeación del Ministerio del Trabajo. información será generada por parte de las dependencias de las entidades del Sector Trabajo y del Gobierno Nacional responsables de cada producto y resultado (programas y proyectos). La Oficina Asesora de Planeación del Ministerio del Trabajo asumirá la tarea de seguimiento a los productos, metas, indicadores y resultados establecidos en esta política. El seguimiento se realizará durante todo el periodo de implementación de la política, es decir, desde el año 2025 hasta el año 2035. Como resultado de este seguimiento se generarán reportes semestrales a la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, en los cuales se medirá el porcentaje de avance de los resultados que permitan identificar progresos, fortalezas, debilidades y logros alcanzados en el ejercicio de implementación de la política pública.
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