Decreto 1072

Artículo 2.1.2.3.7: Evaluación de la Política Pública de Trabajo Digno y Decente. La

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Esta norma es para el Gobierno, no para usted. Solo debe saber que el Estado revisará cada 4 años si las políticas de trabajo digno están funcionando, para mejorarlas.

⚖️ Texto Legal Oficial


evaluación de la Política Pública de Trabajo Digno y Decente tendrá como objetivo mejorar el diseño, la implementación, la ejecución y los efectos de la política y el plan de acción para la toma de decisiones. Dicha evaluación se realizará en dos momentos: 1. Evaluación concomitante: Se realizará durante el primer periodo de implementación de la política pública (2025 hasta 2028), y tendrá como finalidad la identificación de la eficacia de los productos generados en el marco de la intervención, así como los resultados relacionados, con el fin de retroalimentar y proveer información para la toma de decisiones y aplicar los correctivos y ajustes necesarios que lleven a la implementación apropiada de las acciones definidas o a nuevas acciones en la política. El seguimiento a indicadores de producto permitirá verificar si la entrega de los productos generados se desarrolló acorde a lo planeado y si se han generado cambios en los indicadores que miden las condiciones de la población objetivo. 2. Evaluación de resultados: La segunda evaluación estimada será de resultados, y se realizará al finalizar el segundo periodo de implementación de la política pública (2030 - 2034), con base en los indicadores de resultado planteados en la política, que permitan identificar los efectos intencionales de la intervención pública, analizando el cumplimiento de metas y sostenibilidad de los resultados, proporcionando evidencias para la rendición de cuentas de las acciones.

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    Decreto 1072 - Artículo 2.1.2.3.7 | SSTOS