Decreto 1072

Artículo 2.2.1.3.6: Pago de los intereses en caso de muerte del trabajador. En caso de

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si un trabajador fallece, los intereses de sus cesantías se pagan a sus familiares (como hijos o esposa), igual que el auxilio de cesantía. En la práctica, debes tener claro quiénes son los beneficiarios legales para hacer el pago rápido y evitar problemas.

⚖️ Texto Legal Oficial


muerte los intereses causados se pagarán a las mismas personas a quienes corresponda el auxilio de cesantía del trabajador. (Decreto 116 de 1976, art. 3)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.1.3.6 | SSTOS