Decreto 1072

Artículo 2.2.1.6.1.1: Objeto. Las normas contenidas en la presente sección tienen por objeto

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Esta norma obliga a que, si tienes taxis, debes afiliar a todos tus conductores a seguridad social (salud, pensión y riesgos) como si fueran empleados, aunque no lo sean. En la práctica, asegúrate de pagarles la seguridad social cada mes para evitar multas y, sobre todo, para protegerlos si se accidentan trabajando.

⚖️ Texto Legal Oficial


adoptar medidas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la Ley 336 de 1996, respecto del acceso universal a la seguridad social de los conductores de los equipos destinados al Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en Vehículos Taxi y facilitar el cumplimiento de los estándares de servicio requeridos por el ordenamiento jurídico. (Decreto 1047 de 2014, art. 1)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.1.6.1.1 | SSTOS