Decreto 1072

Artículo 2.2.1.6.1.2: Seguridad social para conductores. Los conductores de los equipos

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si eres taxista o tienes un taxi, debes estar afiliado y al día en salud, pensión y riesgos laborales. No puedes trabajar ni un solo día si no estás activo en estos sistemas, porque es obligatorio para protegerte en caso de accidente o enfermedad.

⚖️ Texto Legal Oficial


destinados al Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en Vehículos Taxi, deberán estar afiliados como cotizantes al Sistema de Seguridad Social y no podrán operar sin que se encuentren activos en los sistemas de pensiones, salud y riesgos laborales. (Decreto 1047 de 2014, art. 2)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.1.6.1.2 | SSTOS