Decreto 1072

Artículo 2.2.2.6.5: Requisitos para acceder a las asesorías de las organizaciones

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Para que un sindicato pueda asesorarte ante el Ministerio del Trabajo, debe demostrar que está legalmente constituido (personería jurídica vigente) y que quien te asesora es miembro activo de su junta directiva. En la práctica, si un sindicato te ofrece asesoría, pídele que te muestre el certificado de personería jurídica y la constancia del secretario general que acredite a su representante; esto garantiza que es un proceso legal y protege tus derechos laborales.

⚖️ Texto Legal Oficial


sindicales. Para los efectos del artículo anterior, quien pretende actuar así ante el Ministerio del Trabajo deberá acreditar ante el funcionario del conocimiento que la organización sindical que representa goza de personería jurídica vigente y que las personas en cuestión se encuentra inscrita como miembros de la junta directiva de la respectiva federación o confederación, mediante constancia expedida por el secretario general de la una o de la otra. (Decreto 1469 de 1978, art. 31) CAPÍTULO 7 Subrogado por el art. 1, Decreto 234 de 2026. <El nuevo texto subrogado es el siguiente> CAPÍTULO VIINEGOCIACIÓN COLECTIVA UNIFICADA POR NIVELES

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