Decreto 1072

Artículo 2.2.2.7.1: Objeto y ámbito de aplicación. Este capítulo tiene por objeto establecer

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Este artículo aplica cuando varios sindicatos o empresas negocian juntos (por ejemplo, en un sector o gremio). En la práctica, si te toca, debes participar en una sola mesa de negociación con un solo pliego de peticiones, y no en mesas separadas.

⚖️ Texto Legal Oficial


reglas de coordinación y ordenación para el ejercicio de la negociación colectiva en los niveles superiores al de empresa, aplicables al sector privado y a los trabajadores oficiales, con sujeción a los principios de representatividad, buena fe, favorabilidad, progresividad y autocomposición, y sin alterar las etapas y términos previstos en la ley. Parágrafo. Como regla general, cuando concurran varias organizaciones sindicales o múltiples empleadores dentro del mismo ámbito superior a la empresa, la negociación se desarrollará en una única mesa y con un único pliego, con integración proporcional de la representación para la suscripción de la correspondiente convención colectiva de trabajo en cada nivel y con cláusulas de adaptabilidad que acuerden las partes.

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.2.7.1 | SSTOS