Decreto 1072

Artículo 2.2.4.13.8: Responsabilidades de las Entidades Promotoras de Salud. Las

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Las EPS deben asegurarse de que tú y tus trabajadores reciban atención completa por problemas de salud mental o consumo de sustancias, incluyendo detección temprana y rehabilitación. En la práctica, si detectas a alguien con estos problemas, debes remitirlo a la EPS para que active los servicios.

⚖️ Texto Legal Oficial


Entidades Promotoras de Salud en el marco de sus responsabilidades legales, serán las encargadas de garantizar la atención integral e integrada frente a los problemas y trastornos mentales y al consumo de sustancias psicoactivas a través de acciones de detección temprana, protección específica, atención y rehabilitación de sus afiliados.

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.4.13.8 | SSTOS