Decreto 1072

Artículo 2.2.4.2.2.21: Inspección, vigilancia y control. Para efectos de la aplicación de la

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Este artículo solo le dice a las entidades del gobierno quién vigila qué. A usted, como microempresario, lo que le importa es el punto 3: si no afilia a sus trabajadores a la ARL o no cumple con las normas de seguridad, el Ministerio del Trabajo lo puede multar.

⚖️ Texto Legal Oficial


presente sección, la inspección, vigilancia y control se realizará de la siguiente manera: 1. Las actividades de salud de las Administradoras de Riesgos Laborales estarán sujetas a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud, conforme al artículo 121 de la Ley 1438 de 2011. 2. El incumplimiento de los términos y la normativa que regula el pago de las prestaciones económicas de las personas a las que se les aplica la presente sección será sancionado por la Superintendencia Financiera de Colombia, conforme al artículo 15 de la Ley 1562 de 2012. 3. El incumplimiento de la afiliación, administración, prevención, promoción, atención y control de los riesgos y las actividades de seguridad y salud en el trabajo, será sancionado por las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo, conforme al artículo 91 del Decreto-ley 1295 de 1994, modificado por el artículo 115 del Decreto-ley 2150 de 1995 y los artículos 13, 30 y 32 de la Ley 1562 de 2012. (Decreto 723 de 2013, art. 21)

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Decreto 1072 - Artículo 2.2.4.2.2.21 | SSTOS