Artículo 2.2.4.2.3.6: Cotización y pago de aportes al Sistema General de Riesgos
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si tienes estudiantes en práctica, debes pagar su seguro de riesgos laborales como si ganaran un salario mínimo, usando la planilla PILA en las fechas normales. La tarifa depende del riesgo de tu empresa, así que asegúrate de clasificar bien la actividad para que estén protegidos.
⚖️ Texto Legal Oficial
Laborales. La cotización al Sistema General de Riesgos Laborales de los estudiantes de que trata la presente sección se realizará sobre la base de un salario mínimo legal mensual vigente (1 smlmv) y para el cálculo del monto de la cotización, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1562 de 2012, las normas reglamentarias incluidas en el presente Decreto sobre afiliación y cotizaciones al Sistema General de Riesgos Laborales y el Decreto 1607 de 2002, o en las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. El pago de los aportes al Sistema se realizará a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), en las fechas establecidas para las personas jurídicas. La tarifa a pagar por la cobertura se determinará de acuerdo con la actividad económica principal o el centro de trabajo de la entidad, empresa o institución pública o privada donde se realice la práctica. (Decreto 55 de 2015, art. 6) Ver Resolución 225 de 2015, Ministerio de Salud y Protección Social.
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