Artículo 2.2.4.2.5.7: Tabla de cotizaciones mínimas y máximas. Para efectos de la presente
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Piensa en esto como la tarifa que pagas por el seguro de tu carro, pero para proteger a tus trabajadores. Solo debes buscar en la tabla la clase de riesgo de tu empresa (I a V) y pagar el porcentaje que te indica la sección (3, 5 u 8) sobre el salario de cada empleado.
⚖️ Texto Legal Oficial
sección, se adopta la siguiente tabla de cotizaciones mínimas y máximas para cada clase de riesgo: TABLA DE COTIZACIONES MÍNIMAS Y MÁXIMAS Clase Sección Sección Sección Sección Sección Sección Sección Sección Sección Sección Sección de 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 Riesgo I 0,348% 0,443% 0,522% 0,602% 0,681% 0,761% 0,840% 0,920% 0,999% 1,079% 1,158% II 0,530% 0,787% 1,044% 1,301% 1,558% 1,815% 2,072% 2,329% 2,586% 2,843% 3,100% III 1,717% 2,077% 2,436% 2,795% 3,155% 3,514% 3,874% 4,233% 4,592% 4,952% 5,311% IV 2.871% 3,240% 3,610% 3,980% 4,360% 4,720% 5,090% 5,460% 5,830% 6,200% 6.570% V 3,339% 3,857% 4,374% 4,891% 5,408% 5,926% 6,443% 6,960% 7.477% 7,995% 8,700% Las personas a quienes aplica la presente sección cotizarán al sistema general de riesgos laborales conforme a los porcentajes señalados en la tabla anterior respecto al ingreso base de cotización (IBC), así: 1. Clase de riesgo I, II y III el valor correspondiente a la sección 3. 2. Clase de riesgo IV, valor correspondiente a la sección 5. 3. Clase de riesgo V, valor correspondiente a la sección 8.
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