Artículo 2.2.4.4.6: Procedimiento para efectuar los reembolsos. La base para efectuar el
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si un trabajador se accidenta, la ARL le paga la incapacidad o pensión, y luego le cobra a tu empresa ese mismo valor. En la práctica, debes tener al día los pagos de la ARL para que ellos cubran estos costos y no te toque pagar de tu bolsillo.
⚖️ Texto Legal Oficial
reembolso será el valor pagado en caso de incapacidad temporal o permanente parcial. Tratándose de pensiones, la base será el capital necesario entendido como el valor actual esperado de la pensión de referencia de invalidez o de sobrevivientes, según el caso, que se genere en favor del afiliado o su núcleo familiar desde la fecha del fallecimiento, o del momento en que el dictamen de invalidez quede en firme, y hasta la extinción del derecho a la pensión. El capital necesario se determinará según las bases técnicas y tablas de mortalidad contenidas en las Resoluciones 585 y 610 de 1994 de la Superintendencia Financiera o en las normas que las modifiquen o sustituyan. En caso de cesación o disminución del grado de invalidez que implique la extinción o la disminución de la pensión, la entidad administradora de riesgos laborales restituirá a las demás entidades administradoras, la porción del capital necesario que les corresponda. Los reembolsos a que se refiere este artículo se harán dentro del mes siguiente a aquel en que se soliciten, término dentro del cual podrán ser objetados por motivos serios y fundados. (Decreto 1771 de 1994, art. 6)
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