Decreto 1072

Artículo 2.2.4.6.1: Objeto y campo de aplicación. El presente capítulo tiene por objeto definir

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Este artículo significa que **usted está obligado a tener un sistema de seguridad y salud en el trabajo (SG-SST) para cuidar a todos sus empleados, sin importar si son directos, contratistas o temporales.** En la práctica, debe implementar este sistema desde el día uno, enfocándose en prevenir accidentes y enfermedades, porque es su responsabilidad legal y moral proteger la vida de quienes trabajan para usted.

⚖️ Texto Legal Oficial


las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión. (Decreto 1443 de 2014, art. 1) Ver Resolución 2605 de 2020, Ministerio del Trabajo. Ver Resolución 491 de 2020, Ministerio del Trabajo. Ver Circular 26 de 2020, Ministerio del Trabajo.

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.4.6.1 | SSTOS