Decreto 1072

Artículo 2.2.4.6.40: Servicios privados de Seguridad y Salud en el Trabajo. Cualquier

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si contratas a alguien para que te ayude con la seguridad en tu empresa (como un médico o un asesor), asegúrate de que sea una persona o empresa seria y legal. Esto es clave para que el servicio sea de calidad y proteja la vida de tus trabajadores.

⚖️ Texto Legal Oficial


persona natural o jurídica podrá prestar servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo a empleadores o trabajadores, sujetándose a la supervisión y vigilancia del Ministerio de Salud y Protección Social o de la entidad en que éste delegue. (Decreto 614 de 1984, art. 32)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.4.6.40 | SSTOS