Decreto 1072

Artículo 2.2.4.8.4: Recaudo de los recursos por parte de las entidades administradoras de

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Las ARL tienen 5 días hábiles para pasar al Fondo de Riesgos Laborales la plata que reciben de tus aportes. Tú solo preocúpate por pagar a tiempo tu factura de la ARL, que ellas ya se encargan del resto.

⚖️ Texto Legal Oficial


riesgos laborales. Las entidades administradoras de riesgos laborales transferirán dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recaudo, los recursos del Fondo de Riesgos Laborales provenientes de los aportes de los empleadores. (Decreto 1833 de 1994, art. 6)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.4.8.4 | SSTOS