Artículo 2.2.5.1.24: Presentación de la solicitud. La solicitud ante la junta podrá ser
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si un trabajador sufre un accidente o enfermedad y necesitas saber su nivel de incapacidad, tú como empleador puedes pedir directamente una cita con la Junta Regional de Calificación de Invalidez de la ciudad donde él vive. Esto es clave para que el trabajador reciba las prestaciones económicas a las que tiene derecho (como una pensión) y para que tú cumplas con la ley.
⚖️ Texto Legal Oficial
presentada por: 1. Administradoras del sistema general de pensiones. 2. Compañías de seguros que asuman el riesgo de invalidez y muerte. 3. La administradora de riesgos laborales. 4. La entidad promotora de salud. 5. Las compañías de seguros en general. 6. El trabajador o su empleador. 7. El pensionado por invalidez o aspirante a beneficiario o la persona que demuestre que aquel está imposibilitado, en las condiciones establecidas en el presente artículo. 8. Por intermedio de los inspectores de Trabajo del Ministerio del Trabajo, cuando se requiera un dictamen de las juntas sobre un trabajador no afiliado al sistema de seguridad social por su empleador. 9. Las autoridades judiciales o administrativas, cuando estas designen a las juntas regionales como peritos. 10. Las entidades o personas autorizadas por los fondos o empresas que asumían prestaciones sociales en regímenes anteriores a los establecidos en la Ley 100 de 1993, para los casos de revisión o sustitución pensional. 11. Las entidades o personas autorizadas por las secretarías de educación y las autorizadas por la Empresa Colombiana de Petróleos. 12. Por intermedio de las administradoras del Fondo de Solidaridad Pensional, las personas que requieran la pensión por invalidez como consecuencia de eventos terroristas. PARÁGRAFO. La solicitud se deberá presentar a la junta regional de calificación de invalidez que le corresponda según su jurisdicción teniendo en cuenta la ciudad de residencia de la persona objeto de dictamen. (Decreto 1352 de 2013, art. 28)
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