Artículo 2.2.5.1.44: Modificado por el art. 28, Decreto Nacional 2642 de 2022. <El nuevo texto
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
El Ministerio del Trabajo vigila que las Juntas de Calificación de Invalidez hagan bien su trabajo y a tiempo. Si no lo hacen, pueden multar a sus miembros hasta con 100 salarios mínimos, así que asegúrate de que tu empresa cumpla con los plazos y procedimientos para evitar sanciones.
⚖️ Texto Legal Oficial
es el siguiente> Competencia del Ministerio del Trabajo. El Ministerio del Trabajo realizará visitas de supervisión, inspección y control administrativo, operativo y de gestión financiera de las Juntas de Calificación de Invalidez, y verificará, entre otros aspectos, los tiempos de resolución de casos, la notificación y participación de las partes involucradas en los procesos de calificación, violación de los términos de tiempo y procedimientos del presente capítulo y de la reglamentación del Sistema General de Riesgos Laborales. Previa investigación y con el cumplimiento del debido proceso, el Director Territorial del Ministerio del Trabajo, podrá imponer multas en forma particular a cada integrante de las Juntas hasta por cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes según la gravedad de la falta, las cuales serán a favor del Fondo de Riesgos Laborales. La primera instancia de las sanciones e investigaciones administrativas corresponden al Director Territorial, y la segunda instancia será la Dirección de Riesgos Laborales. El texto original era el siguiente:
¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?
Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.