Decreto 1072

Artículo 2.2.5.1.43: Firmeza de los dictámenes. Los dictámenes adquieren firmeza cuando:

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si la junta médica te da un dictamen sobre una enfermedad o accidente laboral, tienes 10 días para pedir que lo revisen (recurso). Si no lo haces, el dictamen queda firme y no podrás reclamar después.

⚖️ Texto Legal Oficial


1. Contra el dictamen no se haya interpuesto el recurso de reposición y/o apelación dentro del término de diez (10) días siguientes a su notificación; 2. Se hayan resuelto los recursos interpuestos y se hayan notificado o comunicado en los términos establecidos en el presente capítulo; 3. Una vez resuelta la solicitud de aclaración o complementación del dictamen proferido por la Junta Nacional y se haya comunicado a todos los interesados. (Decreto 1352 de 2013, art. 45)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.5.1.43 | SSTOS